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martes, 7 de abril de 2015

Registro y gestión de las nuevas autorizaciones de Despacho de Aduana en España

Con el fin de adaptar a la normativa comunitaria y española el BOE ha publicado, con fecha 17 de Marzo de 2015 una Resolución donde normaliza el registro y apoderamiento para presentar despachos de Aduana en los diferentes recintos aduaneros españoles.




Imagen de Freepik


La mencionada normativa, aparte de su objetivo de adaptación legislativa, contempla la posibilidad de presentación de los apoderamientos vía Internet, medio muy implantado en la administración española.

La resolución que entra en vigor el próximo 15 de Abril de 2015 prevé cuatro formas para tramitar las nuevas autorizaciones de despacho:
  • De forma presencial en la Aduana del poderdante con todos los documentos originales requeridos
  • Comparecencia de representante aduanero quien asume con su firma la autenticidad de la persona que da los poderes y aporta original de todos lo documentos requeridos.
  • Mediante documento publico o privado, con firma notarial legitimada, que presenta a la Aduana
  •  Autorización otorgada por Internet mediante certificado


La AEAT también contempla en su Resolución la posibilidad de revocar las autorizaciones de despacho concedidas en la mismas modalidades de la concesión, excepto en la fórmula que interviene el representante aduanero. Así mismo todos los apoderamientos otorgados y revocados se podrán consultar por Internet, en la página de la sede electrónica de la AEAT, que habilitará al efecto

Como se observa todos los tramites se dividen en presenciales y vía internet. En el caso de los presenciales tiene la dificultad para las personas jurídicas, que aparte de desplazarse a dependencia de Aduanas las personas capacitadas para apoderar, de su tramitación con aportación de documentos originales (Escritura de constitución de la sociedad, y poder habilitado para apoderar) extremos que dificultan su fácil tramitación y hace muy recomendable su tramitación vía internet.

La administración para adecuar a la nueva normativa las autorizaciones existentes ha dado de alta, de oficio en el nuevo registro, las archivadas en dependencias de la Aduana hasta la fecha, lo que facilita en gran medida la aplicación de la disposición transitoria de la resolución de 5 de Marzo de 2015. Con posterioridad al 14 de abril los Importadores/exportadores deberán ratificar las autorizaciones dados de alta de oficio por internet.

Esta Resolución normaliza y armoniza los criterios existentes, en materia de apoderamientos para la presentación de declaraciones aduaneras en el estado Español, lo que beneficia y elimina los perjuicios de la operativa actual.
 

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